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Preguntas Frecuentes

1) ¿Cómo se realiza el proceso de afiliación?

Una vez aprobadas las condiciones de contratación, un consultor de SCODEM envía por correo electrónico los formularios que debes diligenciar para solicitar la póliza y crear tu usuario en el sistema, a vuelta del correo debes enviar los siguientes documentos: documento de identidad, tarjeta profesional, diploma y acta de grado (pregrado y especialidad) y convalidación según corresponda. Nosotros nos encargaremos del resto del proceso de afiliación.

2) ¿En cuánto tiempo me entregan la póliza?

Entre 24 y 48 horas.

3) ¿Tienen cobertura de retroactividad?

Si bien la cobertura jurídica tiene retroactividad de un año, tu cobertura económica solo inicia desde el momento de tu afiliación.

4) ¿Me puedo retirar en cualquier momento? ¿Tiene cláusula de permanencia?

No tenemos ninguna cláusula de permanencia y te ofrecemos la posibilidad de realizar suspensiones que podrán ser reactivadas cuando lo necesites.

5) ¿La póliza me sirve para todos mis sitios de trabajo?

Sí, una sola póliza te cubre todos los contratos laborales o de prestación de servicios y aplica para la parte pública, privada y/o domiciliaria.

6) ¿Se puede realizar cualquier modificación a la póliza?

Sí, podemos solicitar a la aseguradora las modificaciones que requieran los contratos, que pueden ser desde el aumento del valor asegurado o precisiones de beneficiarios.

7) ¿Quién me respaldará jurídicamente?

Contamos con un equipo de abogados con amplia experiencia en procesos de responsabilidad médica. Estamos certificados bajo el programa europeo del Instituto Internacional de Legal Project Management, LPM como Profesionales en Prácticas Legales y Profesionales en Mejora de Procesos Legales.

8) Me llegó una notificación judicial, ¿Qué debo hacer?

Si eres cliente nuestro debes enviar la notificación a notificacionesjudiciales@scodem.com.co. Nosotros nos pondremos en contacto contigo lo más pronto posible.

9) ¿Cómo solicito una consulta jurídica?

Nuestros canales de comunicación son los siguientes: PBX:(601) 745 0553 opción 2 o a través de una cita virtual o presencial: www.scodem.com.co/consulta-juridica Desde nuestro portal web tendrás acceso a nuestro chat 24x7.

10) Tengo una situación legal, ¿Qué debo hacer?

Llámanos, escríbenos, comunícate con nosotros, realizaremos un diagnóstico inicial, trazaremos la mejor estrategia y te acompañaremos en la resolución de tu problema.

11) ¿Si tengo un proceso judicial, puedo tomar el servicio con SCODEM?

Sí, nosotros nos encargamos. Adicionalmente, en caso de que tengas un proceso jurídico que ocurrió durante 1 año antes de que tomaras el servicio, atendemos tu caso sin ningún costo adicional. Esto es parte de lo que te ofrecemos.

12) ¿Puedo realizar una consulta jurídica diferente a lo contratado?

Sí, con gusto atendemos cualquier tipo de consulta y llevamos cualquier tipo de proceso con una tarifa preferencial.

13) ¿Tienen cobertura a nivel internacional o solo nacional?

Solo manejamos cobertura a nivel nacional.

14) ¿Cómo puedo realizar mis pagos?

Únicamente pago en línea desde www.scodem.com.co ingresando a Iniciar Sesión opción de facturación, allí puedes realizar el pago a través del botón PSE o con Tarjeta de Crédito.

15) ¿Para qué sirve el portal web?

Siendo cliente puedes consultar y descargar los siguientes documentos: Póliza RC, Certificado para la renta y Estado de cuenta. Adicionalmente, puedes realizar el pago en línea y certificar documentos.

16) ¿Qué puedo hacer si mi empleador o contratante no me paga en los tiempos estipulados mi salario u honorarios?

Nosotros nos encargamos de realizar la solicitud formal a través de derecho de petición por escrito, en donde exponemos los hechos y las peticiones de pago de salarios u honorarios de acuerdo al caso.

17) ¿Cuántas horas debo trabajar como jornada máxima?

Esto depende si estás vinculado por contrato de trabajo o por un acta de nombramiento. Para los trabajadores vinculados con contrato de trabajo, la jornada máxima semanal actualmente es de 47 horas semanales, es decir, 188 horas mensuales. Para los trabajadores vinculados con acta de nombramiento, podrán laborar máximo 44 horas semanales para un total de 176 horas mensuales.

18) ¿Si tengo un contrato de prestación de servicios tengo que cumplir un horario?

No, es importante tener presente que para esta clase de contratos el profesional tiene toda la autonomía para prestar sus servicios, sin que tenga la obligación de cumplir un horario estricto.

19) ¿Cuánto tiempo tiene mi empleador para pagarme mi liquidación de prestaciones una vez finalizado el contrato?

De acuerdo con la Ley, este pago debe ser inmediato a la terminación del contrato de trabajo. No obstante, la normalidad es brindar un plazo de 15 días para que el empleador pueda calcular la liquidación y hacer el pago.

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